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Carta aclaratoria de María Isabel (Cristina) PDF Imprimir E-Mail
Escrito por María Isabel   
jueves, 31 de enero de 2008

 María Isabel

 

 

 

 

Hola. Mi nombre es María Isabel y quiero contaros algo:

Cuando toda esta locura comienza y ante mi mal estado psicológico me daba vergüenza decir quien era en realidad, por lo que decido utilizar un seudónimo: "Cristina".

Al día de hoy ya no existe esa vergüenza, solo existen las ganas y las fuerzas para que se haga justicia.

Toda la información contenida en esta página que hace referencia a "Cristina" habla de mi, María Isabel y tanto los vídeo-audios y su contenido como las fotografías son veraces al igual que el relato de mi historia.

 

Así mismo informaros que en la sentencia de Mari Cruz Rodriguez Barrios no dice expresamente "por negligencia medica" pero si dice lo siguiente en "Fundamentos de derecho", punto tercero en su último párrafo: ...y, por ello, la exigencia de asumir las consecuencias negativas de la misma frente a lo concertado en su día con la demandante, y entre ellas la de indemnizar con base y fundamento en los principios generales reguladores del derecho de obligaciones y contratos contenidos en los arts. 1091, 1101 y siguientes, y 1256 y concordantes del C. Civil.

Articulo 1091: Las obligaciones que nacen de los contratos tienen fuerza de ley entre las partes contratantes y deben cumplirse al tenor de los mismos.

Articulo 1101: Quedan sujetos a la indemnización de los daños y perjuicios causados los que en el cumplimiento de sus obligaciones incurrieren en dolo, negligencia o morosidad, y los que de cualquier modo contravinieren al tenor de aquéllas.

Se entiende por ello que hubo negligencia, fuera ésta médica o no, la hubo y así se lee en la mencionada sentencia.

Se nos ha hecho un requerimiento para quitar de la página, antes de 24 horas, el video-audio de la "supuesta conversación entre el Dr. Jaume Serra y empleadas de esta entidad". Entendiendo que, si bien podemos creer o no en la veracidad de lo que en el se dice, procedemos a retirarlo de inmediato ante tal requerimiento reservandonos el derecho de publicarlo en el futuro si las autoridades judiciales lo dan por veráz.

También nos obligan a retirar la "Carta de Toñi....". Así lo hacemos puesto que nos fue cedida por un tercero y no nos podemos hacer responsables de la veracidad de la misma. De cualquier manera, si la señorita Toñi, o cualquier otra señorita "X" está dispuesta a contar su historia aquí lo podrá hacer.

Por último, se nos requiere para que retiremos "los contenidos referidos a una supuesta paciente que se hace llamar Cristina".

Evidentemente, esto no lo vamos a retirar por que si bien es cierto que no hay una resolución judicial, es mi historia, demostrable y nadie, absolutamente nadie me puede o podrá impedir que cuente lo que a "mi persona" le ha ocurrido. En ningún momento he dicho nada que pueda faltar a la verdad, no he insultado a nadie ni he falseado ningún dato. No me retracto de ello.

Maria Isabel.

 
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